RESOLUCIONES DE ALCALDÍA 2022

NUMERO

DETALLE

FOLIOS

PROCESO

RESOLUCIÓN DE ALCALDIA N°130-2022-A/MP

DECLARAR, con capacidad legal al ciudadano EBERTH MELGAREJO AZAÑA con DNI N° 32603825 y la ciudadana DINA MARGOTH DIESTRA QUIROZ con DNI N° 06592965, para contraer Matrimonio en el Jr. San Juan S/N – Barrio de Cañari, el día sábado 25 de junio de 2022, a horas 12:00 del mediodía.

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RESOLUCIÓN DE ALCALDIA N°131-2022-A/MP

DECLARAR la NULIDAD DE OFICIO de la Resolución de Alcaldía N° 117-2022-MPP/A, de fecha 25 de mayo del 2022, que aprobó en su Artículo Primero: Declarar improcedente los acuerdos arribados en el “Acta Consolidada de Sesión de fecha 31 de marzo de 2022 de la comisión negociadora 2022, entre los representantes de la Municipalidad Provincial de Pomabamba y el Sindicato de Trabajadores Municipales de la Provincia de Pomabamba (SUTRAMUN - POMABAMBA), en el extremo del noveno acuerdo que señala “las partes acuerdan en mérito del numeral 17.5 de la Ley N° 31118 - Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, ratificar y actualizar el contenido de la Resolución Municipal N° 023-86-CPP en lo siguiente: un incremento de remuneración de S/ 600.00 y el pago de la gratificación de un sueldo por el día del trabajador municipal; y en el Segundo Artículo: se declara procedente en cuanto a los demás acuerdos arribados en el “Acta Consolidada de Sesión de fecha 31 de marzo de 2022 de la comisión negociadora 2022, entre los representantes de la Municipalidad Provincial de Pomabamba y el Sindicato de Trabajadores Municipales de la Provincia de Pomabamba (SUTRAMUN – POMABAMBA), Por contener vicios insubsanables que acarrean su nulidad, conforme lo establece el numeral 1) del Artículo 10º del TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, son vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, los siguientes: 1. La contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias (...).

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RESOLUCIÓN DE ALCALDIA N°132-2022-A/MP

AUTORIZAR las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, (Créditos Presupuestales y Anulaciones – Dentro de U.E), realizadas durante el mes de junio del presente año, en el rubro: 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y participaciones, conforme la Nota Modificatoria que se adjunta, N° 00000000079, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley N° 1440, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

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RESOLUCIÓN DE ALCALDIA N°133-2022-A/MP

DECLARAR, con capacidad legal al ciudadano TULIO ROBERTO BUIZA DE LA CRUZ con DNI N° 41050062 y la ciudadana SUSANA CAMPOMANES ROCA con DNI N° 47037042, para contraer Matrimonio Civil en el local de eventos Cañari, el día domingo 03 de julio de 2022, a horas 10:00 a.m.

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RESOLUCIÓN DE ALCALDIA N°134-2022-A/MP

ACREDITAR al EJECUTOR COACTIVO con vigencia a partir del 01 de julio de 2022, al:

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RESOLUCIÓN DE ALCALDIA N°135-2022-A/MP

AUTORIZAR las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, (Créditos Presupuestales y Anulaciones – Dentro de U.E), realizadas durante el mes de junio del presente año, en el rubro: 07 Fondo de Compensación Municipal, 09 Recursos Directamente Recaudados y en el rubro: 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y participaciones, conforme la Nota Modificatoria que se adjuntan: N°00000000069, N°00000000070, N°00000000071, N°00000000072, N°00000000073, N°00000000074, N°00000000075, N°00000000076, N°00000000077, N°00000000078, N°00000000080, N°00000000081, N°00000000082, N°00000000083, N°00000000085, N°00000000087, N°00000000088, N°00000000089, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley N° 1440, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

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RESOLUCIÓN DE ALCALDIA N°136-2022-A/MP

AUTORIZAR la modificación presupuestal a nivel institucional por incorporación de mayores ingresos públicos que se generan como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstas o superiores a los contemplados en el Presupuesto Inicial de Apertura, por la suma de S/ 114,006.00 (CIENTO CATORCE MIL SEIS CON 00/100 SOLES), según lo establecido en el Anexo N° 3 del Decreto Supremo N° 005-2022-EF, de acuerdo al siguiente detalle:

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RESOLUCIÓN DE ALCALDIA N°137-2022-A/MP

AUTORIZAR la modificación presupuestal a nivel institucional por incorporación de mayores ingresos públicos que se generan como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstas o superiores a los contemplados en el Presupuesto Inicial de Apertura, por la suma de S/ 150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 SOLES), según lo establecido en el Anexo N° 3 del Decreto Supremo N° 005-2022-EF, de acuerdo al siguiente detalle:

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RESOLUCIÓN DE ALCALDIA N°138-2022-A/MP

AUTORIZAR la modificación presupuestal a nivel institucional por incorporación de mayores ingresos públicos que se generan como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstas o superiores a los contemplados en el Presupuesto Inicial de Apertura, por la suma de S/ 188,388.00 (CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 00/100 SOLES), según lo establecido en el Anexo N° 3 del Decreto Supremo N° 005-2022-EF, de acuerdo al siguiente detalle:

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RESOLUCIÓN DE ALCALDIA N°139-2022-A/MP

AUTORIZAR la modificación presupuestal a nivel institucional por incorporación de mayores ingresos públicos que se generan como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstas o superiores a los contemplados en el Presupuesto Inicial de Apertura, por la suma de S/ 51,570.00 (CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES), según lo establecido en el Anexo N° 3 del Decreto Supremo N° 005-2022-EF, de acuerdo al siguiente detalle:

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RESOLUCIÓN DE ALCALDIA N°140-2022-A/MP

AUTORIZAR la modificación presupuestal a nivel institucional por incorporación de mayores ingresos públicos que se generan como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstas o superiores a los contemplados en el Presupuesto Inicial de Apertura, por la suma de S/ 1´053,482.00 (UN MILLÓN CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 00/100 SOLES), según lo establecido en el Anexo N° 3 del Decreto Supremo N° 005-2022-EF, de acuerdo al siguiente detalle:

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