RECONOCER, a la Organización Comunal denominada: “Junta Administradora de Servicios de Agua y Saneamiento (JASS) del Centro Poblado Rural de Rosas Pampa – Putaca”, con su Nueva Junta Directiva, para el período de dos (02) años; comprendido del 02 de enero de 2023 al 02 de enero de 2025, de acuerdo al siguiente cuadro:
DAR POR CONCLUIDA, la DESIGNACIÓN del Sr. FRANCISCO ABRAHAM SIFUENTES VIDAL, en el cargo de confianza de Gerente Municipal, a partir del 02 de mayo de 2023, dándole las gracias por los servicios prestados
La presente resolución de alcaldía se emite en complemento a lo ya dispuesto y en atención a la designación del nuevo Gerente Municipal de la Municipalidad Provincial de Pomabamba, mediante la Resolución de Alcaldía N° 102-2023-MPP/A de fecha 02 de mayo de 2023, a efectos de actualizar y modificar los datos personales del Presidente del Comité de Adquisición
DELEGAR, FACULTADES ADMINISTRATIVAS Y RESOLUTIVAS, al Economista JESÚS ALFONSO MONTOYA CUEVA, identificado con DNI N° 08600330, con expresa e inequívoca mención y bajo responsabilidad, para el período fiscal 2023 o hasta nueva disposición superior; siendo las siguientes:
DECLARAR, la NULIDAD DE OFICIO del Procedimiento de Subasta Inversa Electrónica N° 001-2023-MPP/OEC – Primera Convocatoria para la adquisición de combustible (petróleo, gasolina y cojines) para las diferentes áreas orgánicas de la Municipalidad Provincial de Pomabamba, para el año 2023.
AUTORIZAR, la Modificación Presupuestal a Nivel Institucional por incorporación de Mayores Fondos provenientes de Transferencias Financieras, Tipo de Modificación: 001 (Transferencia de Partidas), en el rubro: Recursos Ordinarios (00) para el Año Fiscal 2023, por la suma de CIENTO NOVENTA Y UN MIL CIENTO QUINCE CON 00/100 SOLES (S/.191,115.00), de acuerdo al siguiente detalle:
AUTORIZAR, la Modificación Presupuestal a Nivel Institucional por incorporación de Mayores Fondos provenientes de Transferencias Financieras, Tipo de Modificación: 001 (Transferencia de Partidas), en el rubro: Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones (18) para el Año Fiscal 2023, por el cumplimiento de las metas establecidas al 31 de diciembre de 2022 y por concepto del Bono Adicional del período 2022, del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, por la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SESENTA Y NUEVE CON 00/100 SOLES (S/.337.069,00); de acuerdo al siguiente detalle:
AUTORIZAR, la formalización de las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, Tipo de Modificación: 003, (Créditos Presupuestarios y Anulaciones – Dentro de U.E.), realizadas durante el mes de ABRIL del presente año, en el rubro: Recursos Ordinarios (00), según las Notas de Modificación Presupuestal: N° 0152, N° 0156; en el rubro Fondo de Compensación Municipal (07), según las Notas de Modificación Presupuestal: N° 0113, N° 0115, N° 0116, N° 0117, N° 0118, N° 0122, N° 0123, N° 0125, N° 0129, N° 0131, N° 0132, N° 0133, N° 0139, N° 0142, N° 0143, N° 0144, N° 0145, N° 0146, N° 0147, N° 0149; en el rubro Recursos Directamente Recaudados (09), según las Notas de Modificación Presupuestal: N° 0120; y en el rubro: Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones (18), según las Notas de Modificación Presupuestal: N° 0121, N° 0128, N° 0130, N° 0136, N° 0137, N° 0140, N° 0141, N° 0148, N° 0151; de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47° del Decreto Legislativo N° 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
OBJETO: Autorizase la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional de la Municipalidad Provincial de Pomabamba del Departamento de Ancash, para el Año Fiscal 2023, en la fuente de financiamiento DONACIONES Y TRANSFERENCIAS por un total de CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 00/100 SOLES (S/ 155,999.00), para la actividad: “LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y ACONDICIONAMIENTO DEL CAMINO DE HERRADURA POMABAMBA - YUNGAYNANI EN EL SECTOR DE PARARA, DISTRITO DE POMABAMBA - PROVINCIA DE POMABAMBA - DEPARTAMENTO DE ANCASH”, de acuerdo al siguiente detalle: